Tras las críticas generadas por el Proyecto de Ley N° 11561, que propone sancionar con pena de prisión a quienes presenten denuncias “falsas” en el marco de la Ley N° 30364, también conocida como la “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”, su autor, el congresista de Renovación Popular, Alejandro Muñante, ha salido en sus redes sociales a defender la iniciativa legislativa. Lo ha hecho, además, no desde una explicación técnica o jurídica sólida, sino desde un discurso que refuerza precisamente aquello que sus críticos han señalado desde el inicio: el carácter ideológico de la propuesta.
A través de sus redes sociales, Muñante ha desestimado las observaciones al proyecto calificando a los medios críticos como aliados del “feminismo radical” y de una supuesta “izquierda neomarxista”. Más allá del tono, el argumento revela la estrategia conocida del partido Renovación Popular de trasladar el debate desde el contenido hacia la confrontación ideológica. Entonces, en lugar de responder con datos, evidencia o sustento técnico, se opta por desacreditar a quienes, legítimamente, cuestionan la propuesta.
🚨#NoTeDejesEngañar | Ciertos operadores mediáticos, aliados del feminismo radical y de la izquierda neomarxista, han salido nuevamente a desinformar sobre el Proyecto de #PL11561, que sanciona las denuncias falsas en procesos de violencia familiar. Apenas el proyecto fue… pic.twitter.com/sgWhMjnpxX
— Alejandro Muñante🇵🇪 (@AlejoMunante) May 13, 2026
Asimismo, Alejandro Muñante intenta matizar los alcances de su iniciativa al afirmar que no no busca “desincentivar las denuncias reales de violencia” las cuales, según sus palabras, “todos condenamos”. Caso contrario, buscaría únicamente sancionar aquellos casos donde la justicia determine de manera expresa que los hechos nunca existieron o que hubo manipulación deliberada o dolosa de pruebas. Bajo esta lógica, el proyecto no sería un mecanismo de persecución, sino una herramienta para proteger el sistema judicial de su supuesto uso indebido.
Sin embargo, el problema de esta defensa es que no reside en una lectura del Proyecto presentado. Porque si bien en su formulación legal se intenta presentar como una figura neutral, es decir, aplicable tanto a hombres como a mujeres, la exposición de motivos revela una narrativa completamente distinta. En ella, el varón aparece descrito como víctima sistemática de un sistema judicial sesgado, donde la Ley 30364 habría generado una supuesta “violencia legal contra el hombre” y una “discriminación por razón de sexo” institucionalizada. Estas afirmaciones no solo carecen de respaldo empírico sólido, sino que configuran el eje ideológico desde el cual se construye la propuesta.
Es más, el mismo Proyecto de Ley declara lo siguiente: “la propuesta legislativa es necesaria para enmendar las conductas antisociales que vienen haciendo la mayoría de las mujeres al utilizar de forma indebida una ley de protección tutelar que en su contenido castiga a los varones”.
Entonces, por más que el congresista Muñante y la bancada de Renovación Popular intente presentar en el discurso público al Proyecto como una medida técnica y neutral, en su contenido se evidencia la intención de cuestionar el enfoque de género y reformular el tratamiento legal de la violencia familiar bajo una lógica de sospecha hacia la denunciante.
De igual manera, Muñante insiste en que el sistema judicial peruano se encuentra “saturado” por denuncias sin sustento que perjudican a las “verdaderas víctimas”. No obstante, ni en su pronunciamiento ni en el proyecto se presentan datos concretos que permitan afirmar que esta sea la causa principal del colapso institucional. Por el contrario, múltiples diagnósticos han señalado que la sobrecarga del sistema responde principalmente a problemas estructurales como la falta de recursos, deficiente capacitación (en especial en materia de género), ausencia de seguimiento de casos y debilidad institucional. Atribuir esta crisis a una supuesta avalancha de denuncias falsas desvía la atención de sus verdaderas causas y simplifica el problema.
Incluso uno de sus principales argumentos que es la necesidad de crear un tipo penal específico pese a la existencia del delito de denuncia calumniosa también plantea interrogantes. Si el ordenamiento jurídico ya contempla sanciones para quienes imputan falsamente un delito, la creación de una nueva figura dirigida específicamente al ámbito de la violencia familiar no solo resulta redundante, sino que introduce un elemento adicional de riesgo en un contexto particularmente sensible.
En ese sentido, la defensa del congresista no solo resulta insuficiente, sino que refuerza las preocupaciones iniciales, pues lejos de disipar las dudas, únicamente las refuerza. Al Muñante insistir en un discurso que carece de evidencia y que sea apoya en ideologías y generalizaciones, la propuesta pública deja de percibirse como “necesaria” y pasa a entenderse como una respuesta sumamente ideológica hacia un problema público mal diagnosticado.
En última instancia, la “defensa” del congresista Muñante ignora deliberadamente la realidad que viven miles de mujeres al intentar denunciar violencia como el miedo a padecer incredulidad, recelo y a ser cuestionadas por las mismas autoridades policiales, la presión social, las amenazas recibidas por el agresor, el estigma machista y la desconfianza en el sistema judicial. En ese contexto, introducir nuevas amenazas penales provoca un efecto disuasivo, contraproducente con eliminar la violencia de género y fortalecer la igualdad entre los hombres y mujeres. Es por ello que cada vez resulta más evidente que no estamos ante una solución, sino ante una agenda que termina jugando en contra de las propias víctimas.














