Las recientes declaraciones de la congresista y pastora evangélica Milagros Jáuregui de Aguayo, hoy postulante al Senado por Renovación Popular, han vuelto a colocar en el debate público la pregunta incómoda sobre la interrupción legal del embarazo, ¿hasta dónde puede llegar la convicción religiosa cuando se legisla sobre el cuerpo y la vida de niñas víctimas de violación?
En entrevistas difundidas recientemente, Jáuregui afirmó con orgullo que en los albergues que impulsa, niñas embarazadas tras ser víctimas de violación de 10, 11, 12 y 13 han completado sus embarazos, asegurando que “ninguna se arrepiente” y que la verdadera víctima de estos casos es el feto. Estas afirmaciones no solo expresan una postura personal, sino que reflejan una visión política que ha tenido efectos concretos en la normativa sobre el aborto en el país.
El retroceso del aborto terapéutico
En junio de 2025, desde su posición de congresista de la república, Milagros Jáuregui anunció como un “logro” la modificación de la Guía de Aborto Terapéutico del Instituto Nacional Materno Perinatal. Dicha actualización redujo de 15 a 11 las causales bajo las cuales procede este procedimiento, eliminando supuestos vinculados al daño grave a la salud mental, a embarazos producto de violación y a determinadas condiciones fetales con impacto severo en la salud de la gestante.
Más allá del debate técnico o jurídico, el efecto de esta decisión es claro: se busca restringir las posibilidades de protección médica y psicológica para mujeres y, especialmente, para niñas que enfrentan embarazos producto de violación en contexto de violencia de género, otro aspecto que Milagros Aguayo logró eliminar de la base jurídica peruana. El aborto terapéutico, legal en el Perú desde 1924 cuando la vida o la salud de la gestante están en riesgo, fue reinterpretado desde una visión sumamente estrecha, dejando fuera situaciones que organismos médicos y derechos humanos consideran de alto riesgo.
Rechazar esta restricción no implica promover el aborto como política general, sino defender un estándar mínimo de protección humanitaria, particularmente en casos donde la gestante es una menor de edad cuyo cuerpo y desarrollo no están preparados para un embarazo.
La restricción del aborto terapéutico no es un hecho aislado dentro de la agenda impulsada por la congresista. En el mismo periodo, Milagros Jáuregui promovió iniciativas legislativas orientadas a eliminar el enfoque de género de la normativa estatal, reemplazándolo por formulaciones basadas exclusivamente en diferencias biológicas entre “hombre y mujer”.
Este cambio no fue sustentado con datos estadísticos, ni evidencia técnica ni con estándares de derechos humanos, sino en argumentos de carácter ideológico y religioso. Al suprimir el concepto de género del marco legal, se invisibilizan las desigualdades estructurales que afectan de manera diferenciada a mujeres, niñas y minorías sexuales, debilitando las herramientas del Estado para prevenir y atender la violencia basada en género.
¿Dónde queda la niña?
Por otro lado, uno de los aspectos que genera mayor preocupación del discurso sostenido por la congresista es la eliminación de la niña violentada como sujeto central de derechos. Al presentar la maternidad forzada como un acto “reparador” o incluso virtuoso, solamente se logra invisibilizar el daño físico, mental y social que implica forzar a una menor – que es la víctima – a continuar un embarazo producto de una violación.
El embarazo en la niñez, cuando el cuerpo de la mujer no está todavía desarrollado, conlleva a riesgos significativamente mayores de mortalidad materna, complicaciones obstétricas, disertación escolar y afectaciones profundas a la salud mental. Esto no son datos de una “agenda ideológica” como suele afirmar el partido Renovación Popular, sino de una realidad ampliamente documentada.
El Estado, la religión y sus límites
Además, resulta profundamente problemático que, según lo declarado por la propia congresista, el ministerio de la Mujer o instancias del Estado deriven a niñas víctimas de violación a albergues gestionados bajo una cosmovisión religiosa específica. En un Estado constitucionalmente laico, esta práctica plantea serias interrogantes sobre la neutralidad estatal y la garantía de derechos.
La libertad religiosa es un derecho fundamental, pero no puede convertirse en un criterio obligatorio para formular y definir políticas públicas, en especial cuando el escenario nos muestra a niñas que han sufrido violencia sexual. La protección de la niñez es responsabilidad del Estado y la fe pertenece a las convicciones personales.
En igual magnitud, las posiciones defendidas por Milagros Jáuregui contrastan con los reiterados pronunciamientos de organismos internacionales. El Comité de Derechos del Niño, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y el Comité contra la Tortura han señalado que negar el acceso al aborto terapéutico en casos de niñas violadas constituye una forma de violencia de género y trato cruel, inhumano y degradante.
El Perú ya ha sido responsabilizado internacionalmente en casos similares, como K.L., L.C. y más recientemente Camila, precisamente por anteponer consideraciones morales, religiosas o administrativas a la salud y dignidad de niñas y adolescentes. Limitar y negar el aborto terapéutico en este contexto no fortalece la defensa de la vida, solamente debilita la protección para quienes ya han sido víctimas de la violencia más extrema. Es profundamente entristecedor que una pastora como Milagros Jáuregui continúe impulsando discursos y acciones que terminan criminalizando a niñas violadas que buscan interrumpir un embarazo, desplazando el foco desde la violencia que sufrieron hacia decisiones tomadas en contextos de extremo dolor.